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25 septiembre 2026

Sentencia elimina excepción y avanza la protección de los animales

La Corte Constitucional elimina la excepción para la tracción animal turística y se intensifica la agenda contra el maltrato animal en Santander.

Sentencia elimina excepción y avanza la protección de los animales

En una sesión histórica celebrada en Girón, la Corte Constitucional declaró inexequible la excepción que permitía el uso de animales de tracción para actividades turísticas. La medida se inscribe dentro del mandato constitucional de garantizar un ambiente sano y reconoce, una vez más, a los animales como seres sintientes con derecho a no ser sujetos a sufrimientos evitables.

Sentencia que elimina la excepción para la tracción animal turística

La decisión se fundamentó en la evaluación de la Sala Plena sobre la Ley 2138 de 2021, la cual establecía una excepción para los vehículos tirados por caballos u otros animales cuando su fin era “turístico”. Los magistrados concluyeron que esa excepción vulneraba el artículo 79 de la Constitución y que la recreación no podía sobrepasar el deber de protección. Además, la Corte extendió la interpretación al artículo 10 de la misma ley y al parágrafo 1 del artículo 98 de la Ley 769 de 2002, creando una unidad normativa que elimina la brecha legal.

Plazo de seis meses y programa de reconversión

Para evitar una ruptura abrupta, la sentencia concede un término de seis meses a partir de su notificación. Durante ese periodo, los gobiernos locales deben iniciar los planes de sustitución de los vehículos de tracción en el sector turístico y ofrecer alternativas laborales a los conductores y propietarios que dependen de esta actividad. La medida busca equilibrar la defensa de los animales con la realidad económica de quienes viven del turismo ecuestre.

Escenario de maltrato animal en Santander y retos de la normativa

El pronunciamiento judicial llega en medio de una alarmante ola de denuncias en Bucaramanga y el resto de Santander, donde se han registrado 65 casos de maltrato animal en el último año, mayormente en áreas urbanas y espacios públicos. Uno de los episodios más notorios involucró a Kira, una perra criolla que falleció tras recibir golpes que le provocaron un trauma craneoencefálico irreversible; su agresor fue condenado, pero la libertad condicional posterior generó la percepción de que la justicia se vuelve blanda frente a los delitos contra los animales.

El marco legal ya incluye la Ley Ángel la Ley 2138, la Ley 2627 contra la zoofilia y ahora la sentencia de la Corte. Bucaramanga cuenta con una Patrulla Animal dedicada al rescate y transporte digno de animales vulnerables, y se han intensificado las campañas de concientización. No obstante, la brecha entre la legislación escrita y su aplicación cotidiana sigue siendo profunda, caracterizándose por procesos lentos, decisiones parciales y, en ocasiones, complacencia con los infractores.

Frente a esta situación, los defensores insisten en que el respeto a los animales no sea una mera concesión sino una obligación vinculada a normas taxativas con sanciones penales. La reiteración de la Corte de que los animales son seres capaces de sentir dolor, miedo y sufrimiento refuerza la exigencia de rutas de atención patrullas especializadas y protocolos de denuncia efectivos. Solo una respuesta judicial firme y coherente podrá romper el círculo de impunidad que, de otro modo, envía el mensaje de que la vida animal tiene poco valor.

Autor

Andrés Rodríguez

Andrés Rodríguez, madrileño de 33 años con aire moderno y relajado, recuerda cubrir las protestas de la Puerta del Sol durante el 15-M desde una bicicleta. Defiende un periodismo cercano que prioriza testimonios vecinales frente a titulares fríos; vive en Malasaña y compagina crónicas con proyectos de audio local.