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31 octubre 2026

Suspensión cautelar de la caza de perdiz, codorniz y otras ocho aves

El TSJ paraliza la caza de nueve aves por falta de datos científicos y riesgo de declive.

Suspensión cautelar de la caza de perdiz, codorniz y otras ocho aves

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid emitió, el 6 de octubre de 2026, un auto que suspende de manera cautelar la actividad cinegética sobre nueve aves silvestres en la Comunidad de Madrid para la temporada 2026-2027. La decisión responde a un recurso presentado contra la Orden 2511/2026, que había establecido los periodos de caza sin aportar evidencias actualizadas sobre la viabilidad de las poblaciones afectadas. Con la medida, la caza queda prohibida desde el 8 de octubre hasta el 31 de enero, salvo en cotos comerciales donde solo se permiten ejemplares previamente soltados.

La suspensión es provisional, pero la administración dispone de tres días para presentar alegaciones. Mientras tanto, la medida es efectiva de inmediato y afecta a la becada, la codorniz común, la paloma zurita, el zorzal alirrojo, el zorzal real, la corneja negra, la paloma bravía, la perdiz roja y la urraca. La excepción se limita a las cazas de suelta autorizadas y a los disparos en cotos comerciales, donde el número y la especie de ejemplares deben coincidir con la autorización correspondiente.

Especies afectadas y su situación de vulnerabilidad

De los nueve animales citados, seis presentan un estado desfavorable de conservación según el Libro Rojo de las Aves de España. La codorniz común ha sufrido una reducción acumulada del 60,4 % de sus poblaciones reproductoras desde 1998 y está catalogada como vulnerable. La perdiz roja ha disminuido un 57,6 % en el mismo periodo, también catalogada como vulnerable. La paloma zurita, la corneja negra, la urraca y el zorzal alirrojo siguen tendencias negativas, mientras que para la paloma bravía, la becada y el zorzal real la información disponible sigue siendo escasa, con lagunas importantes que dificultan la evaluación de su estado.

El informe pericial presentado por SEO/BirdLife señala que ninguna de estas especies cuenta con una evaluación reciente y trazable en la Comunidad de Madrid, ni con datos suficientes que relacionen el tamaño poblacional con los niveles de extracción autorizados. Además, en siete de los casos no existe un cupo máximo diario por cazador, y falta cualquier límite global de capturas. Ante esta ausencia de evidencia científica, la organización argumenta que el principio de precaución debe prevalecer para evitar una mortalidad adicional que las poblaciones no puedan absorber.

Impulso legal y reclamo de la Plataforma Ecologista Madrileña

En paralelo, la Plataforma Ecologista Madrileña ha presentado una solicitud a la Consejería de Medio Ambiente para que se anulen los cuatro pasos tradicionales de caza de palomas autorizados para la presente temporada. La petición se basa en la premisa de que la identificación en vuelo de la paloma torcaz —especie normalmente permitida— es extremadamente difícil, lo que aumenta el riesgo de abatir ejemplares protegidos por el auto judicial. Los representantes de la plataforma, entre ellos miembros de ARBA, GRAMA y Liberum Natura, exigen la cancelación total de esos puestos o, en su defecto, una vigilancia intensiva por parte del Cuerpo de Agentes Forestales.

Uno de los puestos cuestionados, El Boquerón, se sitúa en la zona periférica de protección del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, dentro de la Red Natura 2000 y de la Reserva de la Biosfera de las cuencas altas. La presencia de decenas de puestos de disparo en un entorno tan valioso genera problemas de contaminación por plomo, perturba a la fauna local y pone en peligro a usuarios recreativos del parque. Además, la tendencia histórica muestra una caída significativa de la modalidad: de once pasos en 2008-2009 a apenas cuatro en 2026, concentrados mayormente en la Reserva Nacional de Caza de Sonsaz y en montes de gestión pública.

Los ecologistas siguen insistiendo en que la legislación de caza en la Comunidad de Madrid debe reformarse para incorporar requisitos de evidencia científica, establecer cupos claros y aplicar de forma obligatoria el principio de precaución. La falta de una ley actualizada ha originado inseguridad jurídica tanto para cazadores como para gestores de espacios naturales, y ha sido la causa directa de la suspensión judicial. Mientras se mantiene la interdicción, la actividad cinegética seguirá permitida para otras especies y se podrán desarrollar labores de gestión de hábitats y censos que ayuden a rellenar los vacíos de conocimiento críticos para la conservación a largo plazo.

Autor

Lucía Fernández

Lucía Fernández, periodista especializada en mascotas y bienestar animal, divulga consejos sobre cuidado, salud y convivencia con perros, gatos y otras especies, apoyándose en fuentes veterinarias.